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Qué es una certificación de obra y cómo adelantar su cobro

Una certificación de obra es el pago parcial que realiza una entidad pública en relación a la ejecución de una obra por parte de una empresa contratada, fijado según el precio convenido entre ambas partes. Este pago es provisional y hace referencia a la finalización de una de las partes de la obra. La certificación de obra tiene como finalidad facilitar a la empresa constructora la reposición de los gastos derivados de la compra de los materiales de obra y otros recursos utilizados. Respecto al tiempo del pago, se sigue el principio de autonomía de la voluntad de las dos partes. En el caso en que no hayan fijado un plazo de tiempo para la certificación de obra, se deberá hacer una diferenciación entre el contrato de obra por piezas o por unidad de medida y el contrato de obra a precio alzado. Pongamos un ejemplo para entenderlo mejor. Imaginemos que el Ayuntamiento contrata a una empresa para construir un colegio. Durante el primer mes, esta empresa ya ha construido la primera planta del edificio. El contrato de obra sería el pago que realiza el Ayuntamiento por la finalización de esta parte de la obra, después de asegurarse de que la parte construida está hecha adecuadamente. ¿Cuál es el problema de la certificación de obra? En algunas ocasiones se produce la falta del pago parcial o el retraso del mismo. En estos casos, la empresa constructora tiene el derecho de suspender la ejecución de la obra hasta que reciba el pago. Si se ha producido un retraso en el pago, la empresa constructora puede pedir la resolución del contrato por incumplimiento de sus bases. No obstante, el impago puede ser consecuencia de ciertas acciones con las que la Administración Pública no está conforme. Uno de los motivos deriva de la incorrecta ejecución de la obra. Volviendo al ejemplo anterior, el Ayuntamiento no realizará el pago hasta que no compruebe que la primera planta está construida con firmeza y en relación al estilo que han fijado. Si se diera este caso, la Administración Pública podría recurrir al hecho de que el contrato no ha sido cumplido o que ha sido cumplido pero de forma incorrecta por la empresa constructora. Para que este argumento sea válido, es necesario que los defectos de construcción tengan cierta importancia o transcendencia en relación a la idea que se busca. Si nos centramos en la cantidad de dinero a pagar, existe un principio de invariabilidad del precio una vez éste se ha fijado por ambas partes. Este principio hace referencia a los supuestos normales u ordinarios de aumento del precio. No obstante, es posible que se produzcan circunstancias imprevisibles que den lugar a un aumento del precio inicial. En este caso, se tendrán que revisar los precios ofertados.

¿Cómo adelantar la certificación de obra? En el momento en que la empresa constructora no recibe el pago, puede entrar en situación de insolvencia económica o ver afectada su economía en cierta medida. Para evitar estas circunstancias, las empresas puede obtener por adelantado el pago derivado de la certificación de obra.

Estamos hablando de lo que se conoce como “descuento de certificaciones de obra”, el cual puede materializarse a través de la “Toma de Razón” o de otras formas de cesión de crédito. En esta operación se notifica a la Administración Pública la transmisión de la certificación de obra a otra empresa. Una vez que esta entidad acepta la operación, está en la obligación de entregar el pago al nuevo acreedor, mientras que este último le adelanta el cobro a la empresa constructora.  Fuente: Gedesco

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