Sobre el hipotecante no deudor
¿Qué es el hipotecante no deudor?
Cuando se pide una hipoteca se puede incluir a la figura del hipotecante no deudor. Este pone como garantía de pago de la hipoteca un inmueble, pero no contrae una deuda ni recibirá dinero por ello.
Más concretamente, garantizará el pago de la hipoteca con un porcentaje del citado inmueble, y responderá en caso de impago con ese mismo porcentaje, aunque en algunos casos muy extremos podría llegar a perder la propiedad por completo.
El hipotecante no deudor permite al hipotecado alcanzar el 100% de financiación a la hora de pedir una hipoteca. Lo normal es que el banco solo dé el 80%, y que el 20% restante, más los gastos asociados, corran por cuenta de los ahorros de que disponga el cliente.
Solicitando la doble garantía hipotecaria es posible alcanzar ese 100%, si cuentas con un hipotecante no deudor que con un inmueble de su propiedad garantice el crédito de la parte que, a priori, el banco no te iba a prestar.
Diferencias entre hipotecante no deudor, avalista y tercer poseedor
La principal diferencia entre el hipotecante no deudor y otras figuras garantes de la devolución de un préstamo hipotecario, como puede ser el avalista, es el riesgo que asume en caso de impago.
El hipotecante no deudor solo responde ante posibles impagos con el porcentaje de la vivienda dejada como garantía, mientras que el avalista lo hace con todos sus bienes, presentes y futuros.
Además, la responsabilidad es hereditaria en el caso del avalista, por lo que en caso de fallecimiento esta recaerá sobre sus herederos. El riesgo que corre el avalista es inmenso en comparación con el hipotecante no deudor.
La gran ventaja del avalista frente al hipotecante no deudor es que el primero puede vender o hipotecar sus bienes si así lo desea, mientras que la vivienda hipotecada por el segundo no puede ser vendida mientras no se devuelva la parte del préstamo que le corresponde.
Si el hipotecante no deudor quiere vender la casa con la que garantiza la hipoteca de un tercero, debe cancelar su parte de dicha hipoteca primero, por lo que la rentabilidad de la venta se verá gravemente disminuida.
La figura del tercer poseedor es distinta, ya que no sirve para garantizar de ninguna manera el pago de la deuda. El tercer poseedor es aquel que ostenta la titularidad de un inmueble pero que no está obligado al pago de las deudas de este. Un claro ejemplo sería el inquilino de un piso hipotecado.
¿Qué sucede en caso de fallecimiento del hipotecante no deudor?
Si el hipotecante no deudor fallece, serán los herederos que reciban el bien hipotecado quienes responderán en caso de impago. Lo harán únicamente por ese porcentaje hipotecado del inmueble que heredarán, por lo que podría decirse que todo seguirá igual.
Pero puede ocurrir que el nuevo hipotecante no deudor no quiera conservar el inmueble hipotecado como garantía de pago. En esa situación tendría que pagar su parte de la hipoteca para liberar de cargas esa vivienda (con sus comisiones por cancelación parcial y similares). Además, eso supondrá una donación a favor del hipotecante deudor, y como tal ha de ser declarado.
Fuente: roams/Finanzas.